INE justifica la destitución de la presidenta del IEEH.
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- 2 feb 2022
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El Contexto:
El 18 de octubre del año 2020, tuvo verificativo la Jornada Electoral del Proceso Electoral 2019-2020 en el estado de Hidalgo, en la cual se renovaron cargos de ayuntamientos.
Este proceso registró varios acontecimientos inéditos, como la suspensión del proceso electoral por el contexto de pandemia, y su posterior realización bajo las mismas condiciones sanitarias.
Las elecciones de Hidalgo, junto con las de Coahuila, fueron las primeras elecciones celebradas en México en un contexto de emergencia sanitaria.
El 2 de octubre de 2020, mediante la Comisión Temporal de Seguimiento a los Procesos Electorales Locales del Instituto, la Consejera Dania Ravel solicitó dar vista a la autoridad correspondiente y deslindar responsabilidades, para, en su caso, iniciar los procedimientos correspondientes, derivados de las irregularidades detectadas en el funcionamiento del PREP Hidalgo.
A la vista se sumó una queja presentada por el partido Morena en contra de Consejeras y Consejeros del OPLE de Hidalgo por notoria negligencia, ya que aprobaron sustituir el Programa de Resultados Electores Preliminares (PREP) por una herramienta alterna denominada Preliminares Hidalgo 2020.
La herramienta no fue avalada por el Consejo General del INE, se falló en la contratación de la empresa para implementar el PREP y excluir a las representaciones partidistas de los simulacros de operación.
La determinación
El 31 de enero de 2022, el Consejo General sobre la queja y la vista solicitadas, resolvieron en 3 sentidos:
1.- Se sobreseyó, es decir, la denuncia quedó sin efectos sobre las Consejeras y los Consejeros que concluyeron su cargo en diciembre de 2020.
2.- Se declaró Infundada (injustificada) la denuncia y vista en contra de la Consejera Miriam Sarahí Pacheco Martínez y Christian Uziel García Reyes, por mayoría de 8 votos.
3.- Se declaró fundada (justificada) la queja y la vista en contra de la Consejera Presidenta Guillermina Vázquez Benítez y el Consejero Francisco Martínez Ballesteros, integrantes de la Comisión del PREP por lo que se procedió su destitución.
¿Que sigue en el OPLE de Hidalgo después de la determinación del INE?
1. Se puede impugnar la determinación por parte de los denunciados mediante un Juicio para la Protección de los Derechos político-electorales del Ciudadano (JDC) y para ello cuentan con 4 días para realizarla.
2. Los cinco integrantes del IEEH deberán determinar en lo inmediato, quien asumirá las funciones de manera temporal, en tanto el INE determina quién será el Presidente provisional.
3. Esto mientras el Consejo General del INE nombra a la o el presidente provisional (entre el 7 y 11 de febrero), para que tome las riendas del colegiado durante el Proceso Electoral Local en tanto se emite una convocatoria nueva para la Presidencia del OPLE de Hidalgo.
4. Una vez que haya quedado firme la resolución, es decir, si nadie impugna o la Sala Superior resuelve confirmando la resolución del INE, se inicia el procedimiento para nombrar al Presidente o la Presidenta y la Consejería vacante.
5. La destitución no pone en riesgo las elecciones para la gubernatura en el estado, pues la actual integración cuenta con la estabilidad necesaria para continuar las labores que requiere la materia electoral.





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